lunes, 29 de junio de 2009

Ordenanza Naval para el servicio de los Baixelles de S.M. - Madrid, Imprenta Real año de 1802


Paseando con mis amigos un domingo cualquiera, por la zona de la Catedral de mi Ciudad, Tarragona, atravesando los diferentes puestos del mercadillo de antigüedades, allí estaba, en el suelo en medio de otros muchos libros, todos ellos tan diferentes unos de otros, pero allí me esperaba, era para mí................., lo tuve en mis manos, era una Ordenanza Naval, esto es lo que ponía en el lomo de sus viejas cubiertas de cuero, lo abrí y leí:
ORDENANZA NAVAL para el Servicio de los Baixelles de S.M. - Madrid Imprenta Real Año de 1802.
Me quedé sin habla, era de mi época, de la época en la que yo había volcado todo mi entusiasmo en aprender y coleccionar!
Seguí leyendo:
DON CARLOS POR LA GRACIA DE DIOS, REY DE CASTILLA, DE LEON, DE ARAGÓN, DE LAS DOS SICILIAS, DE JERUSALÉN, DE NAVARRA, DE GRANADA, DE TOLEDO, DE VALENCIA, DE GALICIA, DE MALLORCA, DE SEVILLA, DE CERDEÑA, DE CORDOBA, DE CORCEGA, DE MURCIA, DE JAÉN, DE LOS ALGARBES, DE ALGECIRA, DE GIBRALTAR, DE LAS ISLAS DE CANARIA, DE LAS INDIAS ORIENTALES Y OCCIDENTALES, ISLAS Y TIERRA FIRME DEL MAR OCÉANO; ARCHIDUQUE DE AUSTRIA; DUQUE DE BORGOÑA, DE BRABANTE Y DE MILÁN: CONDE DE ABSBURG, FLANDES, TIROL Y BARCELONA; SEÑOR DE VIZCAYA Y DE MOLINA & C.
Tenía en mis manos una joya, tenía en mis manos la renovación de la Ordenanza Naval española, que regiría los buques de guerra de la Real Armada del Rey Carlos IV, la Ordenanza Naval, que regiría a nuestros buques de guerra, en la batalla de Trafalgar..........., y seguí leyéndo:
Por interesar mucho á mi Real Servicio que se establezcan en mi Armada Naval algunas doctrinas útiles que influyen eficazmente en el desempeño de las operaciones militares y marineras, he venido en resolver que así se verifique; y que se resuma en los treinta y seis títulos de esta Ordenanza Naval todo el servicio a bordo de mis buques de guerra: aboliendo quanto se hallare con antelacion instituido directa o indirectamente en contrario; y mandando que se observe con la mayor puntualidad y exâctitud lo que ahora se ordena.
Y por tanto para que tenga en esta parte su debido efecto mi Real voluntad, mando al mi Supremo Consejo de Guerra y demas Tribunales, al Generalísimo de mi Armada Naval, como superior Xefe de ella, Oficiales Generales y Particulares del mismo Cuerpo y del de mi Exército, Vireyes, Capitanes Generales de mis Tropas y Provincias, Gobernadores de mis Plazas, Intendentes, Justicias y demas Personas á quienes corresponda, obedezcan y cumplan en todo lo que se ha establecido en esta Ordenanza Naval: continuando en su vigor lo que anteriormente se practicaba y estaba dispuesto sobre los puntos de que no trata, mientras Yo no haga publicar las innovaciones que tengo prevenidas; y á este fin he resuelto expedir la presente, firmada de mi Real mano, sellada con el Sello secreto de mis Reales Armas, y refrendada de mi Secretario de Estado y del Despacho Universal de Marina. Dada en Barcelona á 18 de Septiembre de 1802.=YO EL REY.=
Domingo de Grandallana.
Es copia original.
Grandallana.
Pues bien amigos, en mi colección está, la verdad es que a veces es gratificante dar estos paseos por los mercadillos, donde a veces sale el sol, lo que si os digo es que siempre hay algo que nos aguarda y que es para uno.

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